Químicos y Petroquímicos (FESTIQyPRA): Se Firmó Acuerdo con Aumento del 23% + Sumas No Remunerativas Mensuales + Asignación Extraordinaria Anual. Nuevas Escalas Salariales desde Mayo y Septiembre 2017 (CCT N° 564/09)

La Federación de Sindicatos de Trabajadores de Industrias Químicas y Petroquímicas de la República Argentina (FeSTIQyPRA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y las cámaras empresarias del sector correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 546/09 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 y hasta el 30 de Abril de 2018.


La Federación de Sindicatos de Trabajadores de Industrias Químicas y Petroquímicas de la República Argentina (FeSTIQyPRA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y las cámaras empresarias del sector correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 546/09 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 y hasta el 30 de Abril de 2018.

En dicho acuerdo se establece:

a) Incremento Salarial: se estableció un aumento del 23% sobre los salarios básicos al 30 de Abril de 2017 a abonarse completamente desde el devengado Septiembre 2017 para todos los trabajadores incluidos en el CCT 546/09. Asimismo, se decidió elevar el monto de la suma fija solidaria remunerativa mensual pasando de $ 2.625.- a $ 3.500.- desde Septiembre.

b) Sumas No Remunerativas: se acordó el pago de dos sumas no remunerativas durante el período Mayo a Agosto 2017, siendo una de ellas proporcional a la categoría de cada trabajador y la otra una suma fija que se estableció en $ 3.300.- por mes.

c) Asignación Extraordinaria No Remunerativa: las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación extraordinaria por única vez a pagarse entre el 15/12/2017 y el 15/02/2018 por la suma de $ 10.000.-

d) Aporte Solidario: las empresas retendrán en concepto de aporte sindical solidario hasta el 2,5% de las remuneraciones mensuales de cada trabajador no afiliado a la Federación.

e) Contribución Patronal: se actualizan los importes que deberán abonar las empresas por cada trabajador comprendido en el CCT 546/09 en concepto de contribución mensual extraordinaria. Dicha actualización será en los meses de Mayo y Septiembre del corriente año.

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Homologación

El presente acuerdo se encuentra homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a través de la Resolución N° 694/17 de la Secretaría de Trabajo de fecha 01/08/2017.

VER HOMOLOGACIÓN

Tope Indemnizatorio

El presente acuerdo cuenta con Tope Indemnizatorio dispuesto por Disposición N° 66/18 de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo (B.O. 11/4/2018).

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