Registro de Empleadores C.A.B.A. Vence el plazo para la presentación de la D.D.J.J. 2012.

En el día de mañana, viernes 31 de mayo de 2013, vence el plazo para la carga de datos en el Registro de Empleadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


En el día de mañana, viernes 31 de mayo de 2013, vence el plazo para la carga de datos en el Registro de Empleadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Recordamos que por Resolución Nº 22/13 de la Subsecretaría de Trabajo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se estableció «que la carga de contenido de la información requerida por el registro de empleadores online correspondiente al ejercicio fiscal 2012, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2013″.

Asimismo, se recuerda que la carga de datos es vía online y deberá ser cumplimentada por todo empleador con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para proceder a la carga de datos en el Registro de Empleadores online se utilizarán dos vías:

– Los que ya son empleadores registrados en las ediciones anteriores: deben realizar la carga de datos Empleadores Registrados en los campos en blanco que encontrarán al inicio de la pantalla principal del Registro de Empleadores.

Una vez que ingresaron, para poder realizar la carga deberán hacer click en “Modificar Datos Empleador”

– Aquellos que ingresan por primera vez al registro: deberán acceder al link “Nuevo Empleador (Genere su clave desde aquí)”, una vez completados los datos requeridos, deberán imprimirlos y guardarlos, dado que estos conforman la clave de acceso. Luego deberán ingresar los datos otorgados por el sistema en los campos en blanco de la pantalla principal para poder ingresar y realizar la carga.

Una vez que hayan ingresado a la aplicación, se solicitarán los siguientes datos:

Datos filiales de la empresa
Domicilio legal
Datos de empleados y tipo de contrato
Cuadro de discapacidad
Lugar de residencia de los empleados
Nacionalidad y Nivel de instrucción de los empleados
Establecimientos ubicados en C.A.B.A, actividad del establecimiento y cantidad de empleados.

Recordamos también que una vez completada y enviada la Declaración Jurada el sistema emitirá un comprobante de presentación el cual deberá imprimirse ya que será necesario presentarlo por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de la documentación laboral, o cada vez que un inspector del Ministerio del Trabajo porteño la requiera.

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