Con el objeto de acentuar su política de bancarización e inclusión financiera, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) sancionó una norma que permitirá la apertura de una caja de ahorro a través de medios electrónicos, sin necesidad de que el cliente se presente en una sucursal bancaria.
De esta manera, los bancos podrán implementar procedimientos para sumar nuevos clientes utilizando cualquier tecnología que permita reemplazar la presencia física de su nuevo cliente, tales como la interacción a través de celulares, computadoras u otros dispositivos. La verificación de su identidad podrá validarse mediante diversos mecanismos, tales como el reconocimiento facial o de DNI de manera remota, o el uso de teleconferencias, entre otros.
La normativa sancionada se basa en antecedentes de países como México, España, Brasil o Paraguay, en los que la apertura de cuentas a través de la telefonía celular u otros dispositivos electrónicos ha permitido extender los niveles de bancarización, agilizando los trámites y reduciendo los costos.
A lo largo de este año, el BCRA dispuso que todas las cajas de ahorro para individuos sean completamente gratuitas, al igual que el uso de las tarjetas de débito vinculadas a las mismas. Determinó además que las transferencias de dinero por vía electrónica, sin importar su monto, tampoco tengan costos, a la vez que habilitó que una cuenta bancaria o una tarjeta de crédito puedan cancelarse por medios electrónicos, facilitando la migración de una entidad a otra para promover la competencia en el sector bancario.
Apertura de Cajas de Ahorro solo con DNI
En otra de las medidas tendientes a simplificar los requisitos para la apertura de cajas de ahorro por parte de los clientes, mediante la comunicación “A” 6050, el BCRA simplificó los datos exigibles por parte de los bancos para verificar la identidad de sus potenciales clientes, de manera tal que quienes quieran acceder a una caja de ahorro podrán hacerlo con sólo presentar su DNI. Por regulación del BCRA, la caja de ahorro en pesos es gratuita incluyendo el uso de su tarjeta de débito vinculada (Com. A 5928 del 21/03/16).
Esta simplificación potencia el acceso a los servicios financieros, en particular para quienes no poseen un domicilio o servicio público a su nombre.
La simplificación aplica para cualquier usuario de servicios financieros, siempre y cuando éste no tenga otra cuenta de depósito abierta en el sistema financiero, no se trate de una persona expuesta políticamente, y los saldos y movimientos de su cuenta se encuentren dentro de ciertos límites. Para los saldos, el límite es de 25 salarios mínimos, mientras que para movimientos, el límite es de 4 salarios mínimos en operaciones mensuales en efectivo. Todo esto está en línea con lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF), cuya resolución 94/2016 hizo posible esta flexibilización.
Fuente: Prensa BCRA