SRT: Nuevo Importe de Multa para Empleadores

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) establece un nuevo importe de multa para empleadores, según lo establecido en la Resolución 32/2024, en vigor a partir del 1 de mayo de 2024. El nuevo importe queda establecido en $ 41.831,15.-

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha establecido un nuevo importe de multa para los Empleadores Autoasegurados (E.A.), las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y las compañías de seguros de retiro, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución 32/2024 publicada en el Boletín Oficial el martes 30 de abril.

De acuerdo con el artículo 32, apartado 1 de la Ley N° 24.557, el incumplimiento de las obligaciones por parte de estos agentes será sancionado con una multa que ahora oscila entre 20 y 2.000 AMPOs (Aporte Medio Previsional Obligatorio), conforme a lo dispuesto por la ANSES.

El Decreto N° 833 de fecha 25 de agosto de 1997, que reemplazó al AMPO por el Módulo Previsional (MOPRE), ha sido modificado por el artículo 13 de la Ley N° 26.417, que establece la sustitución de todas las referencias al MOPRE por una determinada proporción del Haber Mínimo Garantizado.

Según lo dispuesto por el artículo 15 del Decreto N° 1.694 de fecha 05 de noviembre de 2009, el valor del MOPRE se establece en un veintidós por ciento (22 %) del monto del Haber Mínimo Garantizado.

La Resolución ANSES N° 97 de fecha 13 de abril de 2024 actualizó el valor del Haber Mínimo Garantizado a partir del mes de mayo de 2024, fijándolo en la suma de pesos ciento noventa mil ciento cuarenta y uno con 60/100 ($190.141,60).

Te puede interesar:   El Gobierno simplifica las importaciones temporales de insumos para empresas exportadoras

Por lo tanto, en virtud de la nueva resolución de la SRT, se establece en pesos cuarenta y un mil ochocientos treinta y uno con 15/100 ($ 41.831,15) el importe de la multa, según lo determinado por el artículo 15 del Decreto N° 1.694/09 y la Resolución ANSES N° 97/24.

Esta resolución entrará en vigencia el día 01 de mayo de 2024.

 

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar