Resolución General 3898 AFIP. Se Permite la Opción de Recalcular los Anticipos del Impuesto a las Ganancias del Período Fiscal 2016.
Las personas humanas y las sucesiones indivisas, responsables del impuesto a las ganancias, para la determinación de los anticipos correspondientes al período fiscal 2016, deberán aplicar las disposiciones de la Resolución General N° 327, sus modificatorias y sus complementarias y, en su caso, las que se establecen por la presente.