Los ingresos declarados y el dólar MEP: algunas recomendaciones

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Las compras de dólar MEP en la órbita de los agentes de bolsa no están exentas de los controles de AFIP y de la CNV. Ante ello, se debe tener en cuenta una serie de cuestiones antes de operar para evitar problemas con el ente fiscal.


Las compras de dólar MEP en la órbita de los agentes de bolsa no están exentas de los controles de AFIP y de la CNV. Ante ello, se debe tener en cuenta una serie de cuestiones antes de operar para evitar problemas con el ente fiscal.

Declarar la situación financiera y fiscal frente al bróker

Por normativa, los agentes de bolsa están obligados a verificar el perfil fiscal de sus clientes y solicitar documentación que respalde los ingresos con los cuales la persona va a realizar operaciones. No obstante, si luego de un tiempo empezamos a efectuar transacciones que se alejan del rango de nuestros ingresos es recomendable presentar respaldo de esos fondos aunque el bróker no lo solicite. Asimismo, esto es fundamental en caso de una eventual inspección del fisco para comprobar la licitud de los fondos.

Soy autónomo, monotributista o empleado ¿Puedo comprar dólar MEP?

El hecho de ser monotributista no prohíbe la posibilidad de realizar una operación de compraventa de bonos para acceder a dólares. Sin embargo, lo que muchas veces no se tiene en cuenta es que el importe de la operación debe ser coherente con la categoría donde está ubicada la persona o, por lo menos, estar justificada con otra fuente de ingresos como puede ser una herencia o una venta de un bien registrable (auto o inmueble).

Idéntica situación le corresponde a una persona jubilada o empleada ya que si las adquisiciones se encuentran fuera del rango habitual de ingresos deben existir otras sumas de dinero que verifiquen la operatoria.

Para los autónomos, tener las DDJJ de IVA, Ganancias y Bienes personales (en caso de corresponder) presentadas en tiempo y forma es un primer paso para tener un panorama más claro.

Las cuentas bancarias y el dólar MEP: ¿Puede el banco cerrar la cuenta?

Otro de los actores de las transacciones de dólar MEP son los bancos. Recordemos que las entidades bancarias también están obligadas a conocer a sus clientes desde un punto de vista impositivo.

Por un lado es importante aclarar, a la fecha de este artículo, los bancos dejan efectuar de manera “libre” una transferencia en dólares por mes y para las siguientes, la entidad solicita una explicación de los fondos, cuestión que puede ser documentada por comprobantes provistos por el bróker.

Pero si no hay una situación clara o la documentación no es suficiente, la cuenta puede ser cerrada y traernos un problema. Por lo tanto, se recomienda que antes de hacer una operación importante, se dialogue con el oficial de cuentas con el fin de evacuar todas las consultas.

Las restricciones: ¿Quiénes no pueden adquirir Dólar MEP?

  • No haber comprado dólar ahorro a través del homebanking en los últimos 90 días.
  • No ser beneficiario de programas sociales como IFE, AUH, AUE, entre otros,
  • No haber refinanciado los vencimientos de los saldos de tarjetas de crédito en los últimos 12 meses
  • No haberse beneficiado del congelamiento de las cuotas hipotecarias UVA hasta julio 2022
  • No haber solicitado subsidios de energía eléctrica o de gas natural
  • No haber solicitado la línea de créditos de hasta $ 4 millones para monotributistas
  • No haber cobrado el ATP durante la pandemia (Este ítem lo he ubicado en algunos portales, pero no hay una normativa explicita que mencione que no se pueda acceder a la compraventa de títulos valores por haber cobrado este programa).

 

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