Resolución General 5316 AFIP: Procedimiento recursivo exclusiones de pleno derecho y recategorización de oficio Monotributo
Modificar la Resolución General N° 4.309, su modificatoria y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.309, su modificatoria y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.976, su modificatoria y su complementaria, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.003, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación.
La adecuación establece que los datos deberán precisarse cuando el importe de una factura sea igual o superior a $ 61.534 y su receptor sea un consumidor final.
Se aprueba la reglamentación de la Ley Nº 27.701 en lo que respecta al Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina, nuevas deducciones en Ganancias y aportes a la obra social en Monotributo.
Hasta el 13 de enero, el cumplimiento de la presentación y el pago de aportes y contribuciones de los recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados entre los días 9 y 11 de enero de 2023, ambos inclusive, será considerado en término.
A partir del 1 de enero, la AFIP habilitó la carga de solicitud de devolución de las percepciones sufridas durante el período fiscal 2022 bajo el amparo de la RG (AFIP) 4815.
Los impuestos omitidos alcanzan aproximadamente los $4.919.001.432, lo que equivale a USD 82.409.137 para el período fiscal 2019 y a USD 26.481.044 para el período fiscal 2020.
Las obligaciones referidas a la presentación y, en su caso, al pago de las declaraciones juradas F.931 correspondientes al período devengado diciembre de 2022, con vencimientos fijados entre los días 9 y 11 de enero de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta el día 13 de enero de 2023, inclusive.
Se establecen las fechas de inscripción, de facturación y de nómina (F-931), los Cortes de actualización de C.B.U. y los cortes de bajas en nómina para el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre enero y junio de 2023.
Además, las trabajadoras y trabajadores que se registren no perderán los beneficios de otros programas o planes sociales.
Se solicitó una prórroga de dos días, a partir del momento en que se subsanen los problemas sistémicos que se reportaron en la carga y generación del Libro de Sueldos digital.
La copropiedad es una forma de propiedad en la que varias personas poseen y tienen derechos sobre un mismo inmueble.
Comúnmente llamado bicicleta financiera, el término “carry trade” se relaciona con las tasas de interés, el tipo de cambio y una eventual ganancia que puede originarse por la operatoria.
A los efectos del ejercicio de la opción de reducción de los anticipos del impuesto a las ganancias establecida en el artículo 6° del Decreto 841/2022, los contribuyentes y responsables que revistan las condiciones establecidas en el artículo 2° de la presente deberán observar el procedimiento previsto en esta resolución general.