ANSES: topes a las bases imponibles vigentes a partir de abril de 2024

Mediante la Resolución 62/2024, la ANSES oficializa los nuevos topes a las bases imponibles y los haberes jubilatorios mínimo y máximo para abril de 2024 en concordancia con la nueva fórmula de actualización establecida por el DNU N° 274/24.

En una resolución emitida este viernes 5 de abril y publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha establecido nuevos montos para los haberes y prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en concordancia con las disposiciones legales vigentes.

La Resolución 62/2024 de la ANSES se basa en una serie de considerandos que destacan las modificaciones realizadas por la Ley Nº 26.417 en relación con la movilidad de las prestaciones del SIPA, así como las disposiciones establecidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/24.

Recordamos que el DNU N° 274/24 ha sustituido el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, estableciendo un nuevo mecanismo de ajuste mensual basado en las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el INDEC. Este cambio, que forma parte integral del decreto, refleja un enfoque hacia la protección del poder adquisitivo de los beneficiarios del sistema previsional.

Una de las disposiciones clave del Decreto es la primera actualización, programada para entrar en vigor a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024. Esta medida anticipa un proceso de actualización constante que busca mantener la adecuación de los haberes a los cambios en el costo de vida.

En el contexto específico del mes de abril de 2024, el Decreto establece un incremento extraordinario del 12,5% sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024. Además, se prevé un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, calculado según la pauta establecida en el artículo 32 de la Ley N° 24.241. Este adelanto, basado en la nueva formulación introducida por el artículo 1° del Decreto, se aplicará sobre el resultado del incremento extraordinario mencionado anteriormente.

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Según lo dispuesto en la resolución de la ANSES, a partir del mes de abril de 2024, el haber mínimo garantizado será de pesos ciento setenta y un mil doscientos ochenta y tres con treinta y un centavos ($171.283,31), mientras que el haber máximo será de pesos un millón ciento cincuenta y dos mil quinientos setenta y cuatro con cuarenta y siete centavos ($1.152.574,47).

Además, se establecen las bases imponibles mínima y máxima en pesos cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y ocho con diecinueve centavos ($57.688,19) y pesos un millón ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos treinta y ocho con noventa y un centavos ($1.874.838,91), respectivamente, a partir del período devengado abril de 2024.

La resolución también fija el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) en pesos setenta y ocho mil trescientos cincuenta y cuatro con treinta centavos ($78.354,30), así como el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en pesos ciento treinta y siete mil veintiséis con sesenta y cinco centavos ($137.026,65), ambos aplicables a partir del mes de abril de 2024.

Asimismo, la resolución dispone la actualización de las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 31 de marzo de 2024 o aquellos que continúen en actividad y soliciten la prestación a partir del 1° de abril de 2024.

La Dirección General Diseño de Normas y Procesos de la ANSES queda facultada para elaborar y aprobar las normas de procedimiento necesarias para implementar lo dispuesto en la presente resolución.

 

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