Instituto Nacional de Semillas (INASE): nuevos aranceles y ajuste de tarifas

La Resolución 1/2024 de la Secretaría de Bioeconomía ajusta los aranceles del INASE para asegurar la eficiencia de sus servicios, eximiendo a agricultores familiares de nuevos pagos.


La Resolución 1/2024 de la Secretaría de Bioeconomía ajusta los aranceles del INASE para asegurar la eficiencia de sus servicios, eximiendo a agricultores familiares de nuevos pagos.

En el día de hoy, jueves 18 de abril de 2024, se ha publicado en el Boletín Oficial la Resolución 1/2024 de la Secretaría de Bioeconomía, la cual establece una serie de medidas destinadas a ajustar los aranceles por los servicios y bienes ofrecidos por el Instituto Nacional de Semillas (INASE).

Considerando la necesidad de adecuar los costos operativos del INASE a la situación económica actual y garantizar la eficiencia en la prestación de sus servicios, se ha decidido incrementar los aranceles vigentes. Estos ajustes fueron tratados y aprobados por la Comisión Nacional de Semillas, en concordancia con la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.

Una de las medidas destacadas es la creación de un nuevo arancel denominado «Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Cultivares», el cual busca asegurar los servicios relacionados con este rubro específico.

Asimismo, se ha decidido reponer el arancelamiento para la categoría «K – VIVERO IDENTIFICADOR», replicando la medida tomada para la categoría «J – VIVERO CERTIFICADOR».

Es importante destacar que estas medidas fueron propuestas luego de un análisis exhaustivo realizado por la Comisión Nacional de Semillas, según lo establecido por la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.

La Resolución 1/2024 establece que los aranceles deberán ser abonados previo a la prestación de los servicios o entrega de los bienes arancelados, y las fechas y modalidades de pago serán determinadas por el INASE.

Además, se han establecido pautas para la determinación de recargos por mora y para la caducidad de inscripciones, en línea con lo dispuesto por la mencionada Ley N° 20.247.

Por último, se exceptúa del pago de los nuevos aranceles a los agricultores inscriptos en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (ReNAF) y a las cooperativas, asociaciones o agrupaciones integradas por agricultores familiares inscriptos en el Registro Nacional de Organizaciones de Agricultura Familiar (ReNOAF) en lo que respecta a semillas nativas y criollas.

La Resolución 1/2024 entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, y deroga la Resolución N° 975/2023 de fecha 11 de julio de 2023, que establecía los aranceles anteriores.

Según el organismo, esta medida busca garantizar el financiamiento necesario para el cumplimiento eficiente de las labores del INASE, contribuyendo así al desarrollo y la regulación del sector de semillas en el país.

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Salir de la versión móvil
×