BCRA anuncia nuevas regulaciones para emisiones de pagarés con oferta pública emitidos en el marco de la Resolución General CNV N° 1003/24. Se establecen requisitos específicos para el acceso al mercado de cambios.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha anunciado importantes modificaciones en el marco regulatorio de las emisiones de deuda en moneda extranjera realizadas por residentes en el país, con implicaciones significativas en el acceso al mercado de cambios.
La medida fue implementada mediante la Comunicación «A» 8031/2024 del pasado jueves 30 de mayo y publicada este lunes 3 de junio en el Boletín Oficial.
Según las nuevas disposiciones, se establece que las emisiones de residentes de pagarés con oferta pública emitidos en el marco de la Resolución General CNV N° 1003/24 y concordantes, denominados y suscriptos en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país, deberán ser liquidadas en el mercado de cambios como requisito para el posterior acceso a éste a los efectos de atender sus servicios de capital y/o intereses.
Asimismo, se incorpora una excepción a la prohibición del acceso al mercado de cambios para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera. Esta excepción aplica a los pagarés con oferta pública emitidos en el marco de la Resolución General CNV N° 1003/24 y concordantes, denominados y suscriptos en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país, siempre y cuando la totalidad de los fondos obtenidos haya sido liquidada en el mercado de cambios.