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Impuestos
ARCA extiende el plazo para presentar vencimientos del 30 de julio por caída del sistema
Por una falla en el sistema de ARCA, se prorroga hasta el 1° de agosto el vencimiento de obligaciones impositivas para CUIT terminados en 7, 8 y 9. También se extiende hasta fin de agosto el régimen informativo de entidades financieras por junio.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 31/07/2025 14:44 Hs.
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ARCA prorroga plazos por caída del sistema y habilita presentaciones hasta el 1° de agosto
  • La Agencia de Recaudación y Control Aduanero confirmó que los contribuyentes con CUIT terminados en 7, 8 y 9 podrán presentar las obligaciones vencidas el 30 de julio hasta el viernes 1° de agosto, debido a una caída general del sistema. 
  • Además, se otorga un plazo excepcional para entidades financieras y ALyC.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que las obligaciones tributarias con vencimiento el 30 de julio de 2025 podrán presentarse hasta el 1° de agosto, inclusive, debido a inconvenientes técnicos registrados en sus sistemas durante la jornada de ayer.

La decisión se formalizará mediante una resolución que será publicada en el Boletín Oficial, y busca contemplar la situación de personas humanas y jurídicas con CUIT finalizados en 7, 8 y 9, quienes no pudieron operar con clave fiscal ni acceder a los servicios web de la agencia.

Según ARCA, la medida es de carácter excepcional y busca evitar perjuicios a los contribuyentes afectados por la caída del sistema.

Obligaciones alcanzadas por la prórroga al 1° de agosto

Las siguientes presentaciones podrán efectuarse sin penalidad hasta el viernes:

  • Fideicomisos financieros y no financieros
  • Participaciones societarias y manifestación de capacidad contributiva
  • Aplica solo para CUIT terminados en 7, 8 y 9.

Prórroga adicional para entidades financieras, ALyC y FCI

Por medio de la Resolución General (ARCA) 5735/2025, publicada el 31 de julio, se extiende hasta el último día hábil de agosto el plazo para que las siguientes entidades cumplan con el régimen de información mensual correspondiente a junio de 2025:

  • Entidades financieras reguladas por la Ley 21.526
  • Agentes de liquidación y compensación (ALyC) registrados en la CNV
  • Sociedades depositarias de fondos comunes de inversión

La normativa aclara que esta prórroga responde al impacto operativo generado por los cambios introducidos en la RG 5699, que actualizó los importes mínimos que determinan la obligación de informar.


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