La Resolución 431/2024 del SENASA aprueba el nuevo procedimiento para el registro de productos fertilizantes. La normativa simplifica la inscripción y fortalece los controles de calidad.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha emitido la Resolución 431/2024, la cual establece importantes disposiciones para regular la elaboración, importación, exportación, distribución y venta de fertilizantes y enmiendas en todo el territorio argentino.
Esta resolución, publicada el jueves 25 de abril en el Boletín Oficial, tiene como fundamento la Ley N° 20.466, que establece las normativas para el control de estos productos. Además, se considera la Ley N° 27.233, que declara de interés nacional la sanidad de los animales y vegetales, así como la calidad de los alimentos y productos agropecuarios.
Este procedimiento busca simplificar el registro y brindarle mayor eficiencia, facilitando los procesos de inscripción y haciendo foco en los controles de calidad de los productos, tanto en su elaboración y como en su distribución, señalaron desde el Gobierno.
Entre las principales disposiciones de la Resolución 431/2024 se encuentran:
- Se establece un procedimiento para el registro de productos en el Registro Nacional de Fertilizantes, Enmiendas, Acondicionadores, Sustratos, Protectores y Materias Primas, a cargo del SENASA.
- Se define el alcance del registro, que incluye a personas físicas o jurídicas que importen, exporten, distribuyan, elaboren y/o fraccionen productos relacionados con la agricultura, así como a los productos mismos.
- Se aprueban requisitos y parámetros de calidad para la comercialización de estos productos, así como formularios de inscripción y certificados correspondientes.
- Se establecen trámites para el nombramiento de distribuidores, transferencia de productos, cambio de razón social, entre otros.
- Se autorizan certificados de importación y exportación, así como se especifican condiciones para el almacenamiento de ciertos productos.
- Se prohíben ciertas prácticas, como el uso de fertilizantes con ciertos componentes en cultivos específicos, la comercialización de productos vencidos o alterados, entre otras.
- Se abroga la Resolución N° 264 del 9 de mayo de 2011 del SENASA.
«Es un gran cambio en los procesos de inscripción, especialmente para los commodities que representan un muy alto porcentaje del mercado de fertilizantes. Para estos productos como urea, Dap, Map, sólo se presenta una declaración jurada de cumplimiento de condiciones de calidad y datos de identificación. Además para el universo de productos, los registros ya no deben renovarse anualmente ni deberán presentar muestras como parte del trámite de registro», explicó el presidente del Senasa, Pablo Cortese.
Estas nuevas regulaciones buscan fortalecer el control y la calidad de los productos utilizados en la agricultura, garantizando la sanidad de los cultivos y la protección del medio ambiente.
La resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Para más información o consultas referidas a este tema enviar un correo electrónico a dirabio@senasa.gob.ar.