Decreto 547/2019: Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios. Exenciones. Compañías Aéreas. Adecuaciones.
El Decreto 547/2019 dispone la exención del impuesto a los créditos y débitos bancarios a los movimientos que se registren en las cuentas corrientes que las compañías aéreas empleen de manera exclusiva para depositar los fondos provenientes de la percepción de la “Tasa de Uso de Aerostación”.