Los turistas no residentes podrán vender divisas al valor del dólar financiero
Las operaciones a concertar no deberán superar un monto máximo de 5.000 dólares (o su equivalente en otras monedas) mensuales.
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Las operaciones a concertar no deberán superar un monto máximo de 5.000 dólares (o su equivalente en otras monedas) mensuales.
Las medidas extienden el sistema de financiación de importaciones a las realizadas bajo Licencia No Automática y a la importación de servicios y tendrán vigencia por un trimestre.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció el procedimiento estandarizado para simplificar y agilizar el tratamiento de los pedidos de conformidad previa para que las empresas puedan acceder…
La Comunicación A 7030 BCRA establece nuevas restricciones para el acceso al mercado de cambios disponiendo que será necesario presentar una declaración jurada previa
La Comunicación A 6908 BCRA establece que las entidades financieras tendrán acceso al mercado de cambios para la cancelación al vencimiento de líneas de crédito comerciales otorgadas por entidades financieras…
La Comunicación A 6883 BCRA establece que las entidades podrán verificar en forma online si el cliente se encuentra habilitado para realizar operaciones de cambio.
La Comunicación A 6882 BCRA adecua texto ordenado de las normas sobre “Exterior y cambios”, referente a las operaciones con contrapartes vinculadas.
La Comunicación A 6869 BCRA establece el acceso al mercado de cambios para girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos a accionistas no residentes, sin la conformidad…
La Comunicación A 6862 BCRA actualiza el texto ordenado de las normas sobre exterior y cambios atento a lo dispuesto por las las Comunicaciones “A” 6854, 6855 y 6856.
La Comunicación A 6844 BCRA dispone el texto ordenado de las normas sobre “Exterior y Cambios” con vigencia hasta el 31/12/19.