Monotributo Unificado

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Impuestos Legislación Provinciales

Resolución General Conjunta 4604 AFIP y ART (Río Negro): Sistema Único Tributario. Monotributo Unificado. Adhesión de la Provincia de Río Negro.

La RG 4604 AFIP y ART (Río Negro) incorpora  al “Sistema Único Tributario” a aquellos sujetos adheridos al Monotributo que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.

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Impuestos Legislación Provinciales

Resolución General Conjunta 4563 AFIP y DPR (Jujuy): Sistema Único Tributario. Monotributo Unificado. Adhesión de la Provincia de Jujuy.

La RG 4563 AFIP y DPR (Jujuy) incorpora  al “Sistema Único Tributario” a aquellos sujetos adheridos al Monotributo que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Jujuy y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.

Impuestos Legislación Provinciales

Resolución General Conjunta 4449 AFIP y DGR (San Juan) ✔ Sistema Único Tributario. Monotributo Unificado. Provincia de San Juan. Incorporación.

Se incorporan, con vigencia desde el 1 de abril de 2019, al “Sistema Único Tributario”, a aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), previsto en el Anexo de la Ley N° 24.977, que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de San Juan y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios -cualquiera fuere su denominación-, en los términos de la presente.

Legislación

Resolución Normativa 22/18 DGR Córdoba: Monotributo Unificado. Se Reglamenta el Alta de Oficio de Contribuyentes No Inscriptos en Ingresos Brutos.

Se establece que  los sujetos que sean dados de alta de oficio en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Artículos 224 bis y siguientes del Código Tributario Provincial- conforme lo previsto en el Decreto N° 849/2018 podrán verificar su encuadramiento y/o categorización a través de la página Web de esta Dirección y, de corresponder, proponer la adecuación de los mismos a través del trámite web habilitado a tal fin.

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