Sumario: Se declara homologado el Acuerdo celebrado por la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, por la parte sindical y la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC), por la parte empresaria, con fecha 31 de octubre del 2018; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de noviembre de 2018.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 22/11/2018
B.O.
Vigencia y Aplicación: a partir del 22/11/2018
Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación
Cantidad de Artículos: 5
Anexos: 1
Art. 1 – Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, por la parte sindical y la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC), por la parte empresaria, con fecha 31 de octubre del 2018, conforme a lo dispuesto en la ley 14250 de negociación colectiva (t.o. 2004).
Art. 2 – Gírese a la Dirección General Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental dependiente de la Secretaría de Coordinación Administrativa. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del Acuerdo de fecha 31 de octubre de 2018.
Art. 3 – Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la ley 20744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el convenio colectivo de trabajo 40/1989.
Art. 4 – Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Producción y Trabajo no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 5 – De forma.
REGISTRACIÓN
Referencia: EX-2018-50195742-APN-DGDMT#MPYT
Acuerdo aún no registrado
ANEXOS
Descargar PDFAcuerdo 31102018