DGR Córdoba

Blog del Contador Planes de Suscripción


Provinciales

Resolución Normativa 38/19 DGR (Córdoba) ✔ Procedimiento de Ejecuciones Fiscales. Domicilio Fiscal Electrónico. Notificación de Medidas Cautelares. Incorporación.

Se incorpora el uso del domicilio fiscal electrónico para notificar las medidas cautelares -efectivamente trabadas en los términos del Artículo 150 del Código Tributario Provincial-, vistas de las liquidaciones y todas las demás providencias, resoluciones o vistas, efectivizadas en el marco de la Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial.

Provinciales

Resolución Normativa 37/19 DGR (Córdoba) ✔ Ingresos Brutos. DDJJ Rectificativa en Menos. Validación. Utilización del Saldo a Favor. Reglamentación.

Se precisa la forma en que el contribuyente o responsable deberá solicitar la validación de la presentación de declaración jurada rectificativa en menos, a los efectos de que la misma impacte en las bases de datos de esta Dirección, y así, una vez reconocido el saldo a favor, poder solicitar su utilización, traslación o devolución.

Legislación Provinciales

Resolución Normativa 36/19 DGR (Córdoba) ✔ Ingresos Brutos. Regímenes de Retención y Percepción. Padrones de Alícuotas. Reglamentación. Vigencia.

Se reglamentan las disposiciones establecidas respecto a los padrones de alícuotas de los regímenes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos los cuales tendrán vigencia para las operaciones efectuadas a partir del 1 de junio de 2019. Al respecto, se establece que la publicación de dichos padrones se efectuará en la página web de la DGR los días veintidós de cada mes o día hábil siguiente, pudiendo acceder a los mismos con clave a través de dicha página.

Legislación Provinciales

Resolución Normativa 32/18 DGR (Córdoba) ✔ Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Operaciones de Mera Compra. Alícuotas Reducidas y Agravadas. SIFERE Web. Adecuaciones.

Se establece que los contribuyentes que tributan bajo el Régimen de Convenio Multilateral deberán declarar la mera compra de productos agropecuarios, forestales, frutos del país y minerales cuando se efectivice la misma, bajo el código de actividad de industria o comercio que desarrolla -que corresponda al Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES)- a la alícuota prevista en la ley impositiva anual vigente para la mera compra, bajo el tratamiento fiscal “7 – Otros Tratamientos – 5”. A su vez, se procede a incorporar dos tratamientos que deberán utilizar los contribuyentes a los efectos de aplicar las alícuotas reducidas o agravadas, según corresponda, previstas en la Ley Impositiva Anual vigente.

Legislación

Resolución Normativa 29/18 DGR (Córdoba). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. SIRCREB. Retenciones Indebidas. Solicitud de Devolución. Modificación del Procedimiento.

Se modifica el procedimiento establecido para solicitar la devolución de recaudaciones erróneas o indebidas mediante el sistema SIRCREB. A tal fin se establecen una serie de condiciones para resultar procedente la devolución y se establece que el trámite deberá efectuarse a través de la página web de la Dirección General de Rentas, con clave. 

Legislación

Resolución Normativa 28/18 DGR (Córdoba). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Solicitud de Devolución de Saldos a Favor. Aplicación a Otras Deudas Tributarias. Procedimiento Vía Web. Reglamentación.

Se establece que en virtud del art. 111 del Código Tributario provincial, el cedente podrá solicitar la transferencia de sus créditos tributarios en el impuesto sobre los ingresos brutos a través de la página web de la Dirección General de Rentas –con clave– siempre que se cumplan los requisitos definidos en la norma en cuestión. La DGR queda facultada a  requerir toda otra información y/o documentación que estime necesaria para la evaluación de la solicitud. El importe transferido deberá ser aplicado por el cesionario, exclusivamente, para la cancelación de sus propias deudas tributarias, incluido accesorios, intereses y/o sanciones.

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