Laboral y Previsión Social Legislación

Disposición 42/18 DNRyRT#MPyT ✔ Pasteleros, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros. Rama Pastelería. CCT 272/96. Tope Indemnizatorio Desde 8/2017, 11/2017 y 2/2018.

Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución 128/18 SECT#MT y registrado bajo el Nº 30/18, suscripto entre la Federación Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros, por la parte sindical y la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías Y Cafés, la Asociación Panaderos de Capital Federal y la Federación Industrial Panaderil de la Provincia de Buenos Aires, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 272/96.