ART (Río Negro)

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Impuestos Legislación Provinciales

Resolución General Conjunta 4604 AFIP y ART (Río Negro): Sistema Único Tributario. Monotributo Unificado. Adhesión de la Provincia de Río Negro.

La RG 4604 AFIP y ART (Río Negro) incorpora  al “Sistema Único Tributario” a aquellos sujetos adheridos al Monotributo que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.

Legislación Provinciales

Resolución 1085/18 ART (Río Negro). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Actividades de Patrocinio o Tutoría Deportiva. Bonificación.

Se establece que para aplicar los límites previstos en el art. 14 de la Ley 5.245 los contribuyentes que desarrollen actividades de patrocinio o tutoría deportiva podrán gozar de una bonificación igual al cincuenta por ciento (50%) del aporte total realizado. Esta bonificación podrá utilizarse como pago a cuenta en una o más posiciones mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos, no pudiendo en ningún caso exceder el veinticinco por ciento (25%) del impuesto determinado en cada anticipo mensual.

Legislación

Resolución 980/18 ART (Río Negro). Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y de Sellos. Desastre y/o Emergencia Agropecuaria. Beneficios Fiscales.

Se exime en un cien por ciento, (100 %), a aquellos productores de actividades frutícolas, hortícolas, vitivinícolas y de frutos secos que se encuentren en estado de Desastre Agropecuario y en un cincuenta por ciento (50%), a los que sean declarados en estado de Emergencia Agropecuario afectados por el fenómeno climático de granizo y tormentas de lluvia, del pago de las cuotas 5/2018 a 4/2019 del impuesto Inmobiliario, (inmuebles rurales y subrurales), cuotas 4/2018 a 3/2019 del impuesto a los Automotores y en el impuesto de Sellos para los actos, contratos u operaciones, cuyos vencimientos operen entre el 24/09/2018 al 23/09/2019, de los bienes y operaciones destinadas a la actividad frutícola, hortícola , vitivinícola y de frutos secos que se encuentren comprendidas en los Departamentos de Pichi Mahuida, Avellaneda y General Roca.

Legislación

Resolución 895/18 ART (Río Negro). Impuesto Automotor e Inmobiliario. Régimen Permanente de Regularización de Deudas Tributarias. Excepciones a la Obligación de Cancelar las Cuotas Mediante Pagos Bancarizados.

Se exceptúa de la obligación  de cancelar las cuotas del plan de facilidades de pago, exclusivamente por medio de débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito, siempre que medie autorización del delegado, a aquellos contribuyentes que no posean cuenta bancaria o tarjeta de crédito para adherir al débito automático y que sean titulares o responsables de pago únicamente de Automotores y/o Inmuebles.

Legislación

Resolución 455/18 ART (Río Negro). Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Otros. Contribuyentes y/o Responsables. Matriz de Riesgo Fiscal. Implementación.

Se establece la categorización del Riesgo Fiscal que será de aplicación a los contribuyentes y/o responsables de los impuestos administrados por la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Rio Negro. La evaluación del Riesgo Fiscal que representa cada contribuyente y/o responsable operará en función del comportamiento tributario registrado en los periodos no prescriptos, teniendo en cuenta, entre otros parámetros, el grado de cumplimiento de sus obligaciones tanto formales como materiales de acuerdo a los registros obrantes en las bases de datos de la Agencia de Recaudación Tributaria.

Legislación

Resolución 507/18 ART (Río Negro). Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Otros. Nuevo Régimen Permanente de Regularización de Deudas Tributarias.

Se establece que los contribuyentes y/o responsables de los impuestos, tasas, contribuciones, multas y demás accesorios cuya recaudación se encuentra a cargo de la Agencia de Recaudación Tributaria, y siempre que la Agencia así lo permita, podrán acogerse al régimen de regularización de deudas tributarias que se establece por la presente. Quienes cancelen las obligaciones fiscales descriptas en el párrafo anterior, obtendrán reducción de intereses para las modalidades de cancelación al contado, sin que estos impliquen en ningún caso una quita del importe del capital adeudado. 

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