Comisiones Médicas

Legislación

Resolución 26/18 SRT ✔ Riesgos del Trabajo. Provincia de Entre Ríos. Comisiones Médicas.

Se determina la cantidad de dos Comisiones Médicas de la Ley N° 24.241 y una Delegación para todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos y se define la competencia territorial de las mismas. Asimismo, se establece que para iniciar cualquier tipo de trámite ante las Comisiones Médicas, las partes deberán solicitar, a opción del trabajador, la intervención de la Comisión Médica correspondiente al domicilio real del trabajador, al lugar de efectiva prestación de servicios del trabajador o del domicilio laboral donde habitualmente aquel se reporta.

Legislación

Resolución 15/18 SRT. Provincia de Río Negro. Se Establecen Comisiones Médicas.

Se determina la cantidad de dos Comisiones Médicas de la Ley N° 24.241 y dos Delegaciones para todo el territorio de la Provincia de Río Negro y se define la competencia territorial de las mismas. Asimismo, se establece que para iniciar cualquier tipo de trámite ante las Comisiones Médicas, las partes deberán solicitar, a opción del trabajador, la intervención de la Comisión Médica correspondiente al domicilio real del trabajador, al lugar de efectiva prestación de servicios del trabajador o del domicilio laboral donde habitualmente aquel se reporta.

Legislación

Resolución 11/18 SRT. Comisiones Médicas Jurisdiccionales. Opción por Aquella Correspondiente al Lugar de Efectiva Prestación de Tareas. Declaración Jurada del Trabajador.

Se establece que, a los efectos de asignar la competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional (C.M.J.) requerida, cuando el trabajador haya optado por aquella correspondiente al lugar de efectiva prestación de servicios, podrá acompañar la Declaración Jurada del lugar de ocurrencia del Accidente de Trabajo (A.T.) -siempre que éste no fuera un accidente in itinere- o de exposición a los agentes de riesgo causantes de la Enfermedad Profesional (E.P.); o la Declaración Jurada del Establecimiento donde habitualmente presta o reporta servicios. Se aprueban el Formulario A “Declaración Jurada del Lugar de Ocurrencia del Accidente de Trabajo o Exposición de la Enfermedad Profesional” y el Formulario B “Declaración Jurada del Establecimiento Donde Habitualmente Presta o Reporta Servicios.

Legislación

Resolución 65/18 SRT. Comisiones Médicas. Provincia de Mendoza. Su Constitución.

Se determina la cantidad de TRES (3) Comisiones Médicas de la Ley N° 24.241 y DOS (2) Delegaciones para todo el territorio de la Provincia de MENDOZA. Se define la competencia territorial y los asientos de las Comisiones Médicas de la Provincia de MENDOZA. Se establece que para iniciar cualquier tipo de trámite ante las Comisiones Médicas, las partes deberán solicitar, a opción del trabajador, la intervención de la Comisión Médica correspondiente al domicilio real del trabajador, al lugar de efectiva prestación de servicios del trabajador o del domicilio laboral donde habitualmente aquel se reporta.

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