Sinceramiento Laboral Automático

Blog del Contador Planes de Suscripción


Provinciales

Resolución 9/19 MT (Córdoba) ✔ Sinceramiento Laboral Automático. Nueva Prórroga.

Se dispone una séptima prórroga de un mes calendario para el sinceramiento laboral automático dispuesto por Res. M.T. 89/17, 425/18, 586/18, 716/18, 1.045/18, 1.259/18 y 1.654/18; plazo que será contado desde el 1 al 28 de febrero de 2019. Asimismo, se dispone un plazo de presentación de los acuses emitidos por el aplicativo destinado al sinceramiento laboral automático de tres meses calendarios, que serán contados desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2019. 

Legislación

Resolución 1654/18 DGRLHSIT-MT (Córdoba). Sinceramiento Laboral Automático. Nueva Prórroga.

Se dispone una nueva prórroga para el Sinceramiento Laboral Automático hasta el 31 de Enero de 2019. El Sinceramiento se debe realizar por aplicativo destinado a ese fin, sin posibilidad de rectificativa, ingresando la información a la Base de Datos de la Provincia de Córdoba a modo de Declaración Jurada.  Se dispone un plazo de presentación de los acuses emitidos por el aplicativo destinado al Sinceramiento Laboral Automático de tres meses calendarios, que serán contados desde el 1º de Febrero hasta el 30 de abril del 2019. 

Legislación

Resolución 89/17 MT (Córdoba). Sinceramiento Laboral Automático. Implementación.

Se dispone el “sinceramiento laboral automático” que deberá realizarse sólo por aplicativo destinado a este fin, sin posibilidad de emitir rectificativas, por el término de siete meses calendario contados a partir del 1 de setiembre de 2017, ingresando la información a la base de datos de la provincia de Córdoba a modo de declaración jurada que realiza el empleador en un solo acto, y con emisión de acuse de la transacción. Los datos objetos del sinceramiento son los correspondientes al empadronamiento en todos sus pasos, los datos de carga de domicilios y trabajadores, y las presentaciones de documentación laboral sujeta a rúbrica.

Scroll al inicio
×