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resolucion 2363/19, resolución mpyt
Legislación

Resolución 179/19 MPyT ✔ Convenios Colectivos de Trabajo. Asociaciones Sindicales. Solicitud de Homologación de Acuerdos Salariales y Otros Trámites Similares. Presentación Mediante Plataforma TAD. Su Implementación.

Se establece que las presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones que se realicen en virtud de las Leyes Nros. 14.250, 14.786, 23.546, 23.551, 23.929, 24.013, 24.185, y todas aquellas que se realicen en el marco de cualquier actuación presentada ante la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo y la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, ambas dependientes de la Secretaría de Trabajo de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del Ministerio de Producción y Trabajo, se efectuarán mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Legislación

Resolución 545/18 MP (Buenos Aires). Cooperativas. Solicitud de Autorización Para Funcionar. Se Establece la Presentación Obligatoria a Través del Sistema Trámite a Distancia (TAD).

Se establece que las personas que deseen constituir entidades cooperativas con sede en la provincia de Buenos Aires, deben presentar la documentación requerida a través del Trámite a Distancia (TAD) de la página web del Ministerio de Producción (https://www.gba.gob.ar/produccion/area_de_trabajo/cooperativas#tramitesadistancia) o por ante las dependencias habilitadas a tal efecto. En todos los casos las presentaciones deben ser suscriptas por el presidente. El usuario que acceda deberá ser, únicamente, el presidente del Consejo de Administración de la entidad, mediante el uso de Clave Fiscal, suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.).

Legislación

Decreto 733/18. IGJ, CNV, BCRA, SSN, AFIP, ANSES. Se Aprueba la Tramitación Digital Completa. Se Elimina el Requerimiento de Documentación en Soporte Papel Para Cualquier Trámite.

Se establece que la totalidad de los documentos, comunicaciones, expedientes, actuaciones, legajos, notificaciones, actos administrativos y procedimientos en general, deberán instrumentarse en el sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, permitiendo su acceso y tramitación digital completa, remota, simple, automática e instantánea, excepto cuando no fuere técnicamente posible. Ningún organismo debe exigir la presentación de documentación en soporte papel. En caso de que el administrado voluntariamente presente un documento en soporte papel, el organismo debe digitalizarlo e incorporarlo al sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE en forma inmediata. Se instruye a la IGJ, CNV, BCRA, SSN, AFIP, ANSES, los entes reguladores de servicios públicos y los que intervienen en la conformación y control de personas jurídicas, a instruir a las personas jurídicas con ellas vinculadas, para que constituyan una cuenta de usuario en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica en un plazo de TREINTA (30) días a partir de la fecha del presente.

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