Operaciones Internacionales: claves del nuevo régimen de información complementario (RICOI)
El pasado 22 de diciembre de 2022 la AFIP publicó la RG 5306 que establece un Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (“RICOI”).
El pasado 22 de diciembre de 2022 la AFIP publicó la RG 5306 que establece un Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (“RICOI”).
La Resolución General 5010/2021 modifica y complementa a la Resolución General 4717/2020 y sus modificatorias que reglamenta el régimen de precios de transferencia.
El contribuyente obligado que opte por el Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales no deberá presentar el Estudio de Precios de Transferencia ni el formulario de declaración jurada F. 2668.
Los contribuyentes alcanzados por la norma tendrán más tiempo para presentar el F.2668, el Estudio de Precios de Transferencia y el nuevo F.2672 (RS).
La decisión otorgará tres meses adicionales a los contribuyentes que enfrentaban en junio los vencimientos del estudio de precios de transferencia y del Formulario 2668.
El autor nos aclara en forma precisa lo que significa el Acuerdo de Autoridad Competente Calificativa para intercambiar en forma automática los Informes País por País firmado entre Argentina y Estados Unidos.
No desespere ni entre en pánico. En las siguientes líneas vamos a tratar de echar luz sobre el camino que tiene que recorrer para llegar a buen puerto.
Con motivo del reciente podcast dispuesto en YouTube emitido por el Dr. (CP) Sergio Carbone encontramos interesante destacar la relevante correlación existente al analizar el principio de realidad económica establecido en el artículo 2 de la Ley N° 11.683 con las normas de transparencia fiscal internacional normadas en el artículo 130 de la Ley N° 20.628.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso prorrogar la presentación de la información referida al régimen de precios de transferencia.
La Reforma del Impuesto a las Ganancias sancionada en diciembre de 2017 (de ahora en adelante “la Reforma”), con aplicación a los ejercicios iniciados el 1° de enero de 2018 trajo consigo muchísimos cambios y nos hizo trasnochar a más de uno. Gran cantidad de esas modificaciones todavía las estamos entendiendo hoy, dos años y medio más tarde.
No obstante, por el momento solo se podrá cargar la información quedando la declaración jurada en estado borrador. Según se anticipó, a partir de la próxima semana estaría habilitada la presentación definitiva.
La RG 4733 AFIP prorroga los vencimientos especiales establecidos en la en la resolución general 4717, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 31 de mayo de 2019
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) explicó el alcance de la nueva normativa referida al régimen de Precios de Transferencia y sobre la actualización de trámites.
La RG 4717 AFIP aprueba nueva reglamentación de las formalidades, requisitos y demás condiciones del régimen de precios de transferencia en sustitución de la RG 1122
La RG 4689 AFIP establece que la DDJJ de precios de transferencia de los períodos fiscales cerrados entre el 31/12/2018 y el 30/09/2019, se presentará entre los días 18 y 22/5/2020.