Sumario: Se establece, con vigencia desde el 16/4/2019, que los pagos de las recaudaciones bancarias decenales percibidos en virtud de lo establecido en la Res. Gral. 32/2018 y sus modificatorias, deberán ser ingresados únicamente mediante el servicio web con clave fiscal denominado “Orden de Pago Electrónica”, ya sea en su modalidad “tradicional” como “interbanking”.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 5/4/2019
B.O. (Salta)
Vigencia y Aplicación: desde el 16/4/2019 (según art. 3°)
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta
Cantidad de Artículos: 4 (*)
Anexos: 1
Art. 1 – Establecer que los pagos de las recaudaciones bancarias decenales percibidos en virtud de lo establecido en la resolución general 32/2018 y sus modificatorias, deberán ser ingresados únicamente mediante el servicio web con clave fiscal denominado “Orden de Pago Electrónica”, ya sea en su modalidad “tradicional” como “interbanking”.
Art. 2 – En los casos de inoperatividad o problemas de acceso de la página web o del servicio web “Orden de Pago Electrónica”, se podrán utilizar los otros medios de pago habilitados por esta Dirección.
Art. 3 – La presente resolución comenzará a regir a partir del día 16/4/2019.
Art. 3 (*) – Remitir copia de la presente a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía.
Art. 4 – De forma.
(*) Numeración según texto original publicado por la DGR.
ANEXO I | Instructivo OPE Bancos |